La Subdelegación del Gobierno tiene previsto organizar unas jornadas formativas para informar a profesionales de distintos ámbitos de los cambios normativos derivado del Pacto de Estado contra la Violencia de Género y que afectan, fundamentalmente, a las prestaciones para las mujeres víctimas de esta lacra social y sus hijos e hijas. Para ello, la subdelegada del Gobierno, Catalina Madueño, ha presidido una reunión de coordinación y preparación de este seminario, que se celebrará el próximo 22 de enero en el Salón del Trono. En ese encuentro también han participado la directora del Servicio Estatal de Empleo (SEPE), Elena Mendoza, el director del Instituto Nacional de la Seguridad Social en Jaén, Pedro Pablo García, y el jefe de la Unidad de Violencia de Género de la Subdelegación, Juan Manuel Alarcón.
Esta jornada de formación está dirigida a profesionales en activo que trabajan en la información, atención y gestión de prestaciones para mujeres víctimas de la violencia de género y menores, en los ámbitos de los Servicios Sociales Comunitarios y Especializados y Centros de Atención a la Mujer.
El objetivo que persigue es difundir entre el personal técnico la información sobre los derechos de las mujeres víctimas de violencia de género y de sus hijas e hijos sobre prestaciones de la Seguridad Social y Ley 3/2019, de 1 de marzo, de mejora de la situación de orfandad de las hijas e hijos de víctimas de violencia de género y otras formas de violencia contra la mujer. Asimismo se informará acerca de las prestaciones desde el Servicio Público Estatal de Empleo orientadas Mujeres Víctimas de Violencia de Género.
Hasta el reciente cambio normativo, los niños y niñas cuyas madres son asesinadas son considerados huérfanos absolutos –de ambos progenitores– desde 2015, pero no se han eliminado los requisitos para adquirir las prestaciones. Para casos anteriores a 2008, la exigencia es que la madre hubiera cotizado 15 años o 500 días en un periodo ininterrumpido de los cinco años anteriores al asesinato. Tras 2008, quedó en que la mujer estuviera en el momento del fallecimiento dada de alta en la Seguridad Social o en situación asimilada, por ejemplo, en situación legal de desempleo o en excedencia por cuidado de hijos. Esta situación ha llevado a que muchos huérfanos no hayan recibido las pensiones.