La Delegación del Gobierno, a través del Servicio de Juego y Espectáculos Públicos, ha remitido una carta a los ayuntamientos de los 97 municipios jiennenses en la que recuerda la necesidad de que los consistorios extremen los controles administrativos previos sobre los eventos especiales y a menudo multitudinarios que se organizan en torno a las festividades de Navidad y Fin de Año, con el fin de garantizar la seguridad y los derechos de los asistentes y atendiendo a la normativa andaluza que ha sido recientemente modificada con la entrada en vigor del Decreto 155/2018 de 31 de julio.
“El escrito insta a los consistorios a velar por el cumplimiento de todas las exigencias legales en esta materia y pone de relieve que los organizadores de estos eventos tienen que obtener las preceptivas autorizaciones administrativas ante los ayuntamientos con antelación suficiente a su celebración, además de cumplir todos los requisitos de seguridad reglamentarios contemplados en la normativa de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía”, ha destacado la delegada del Gobierno, Ana Cobo.
La resolución municipal deberá contener las condiciones particulares e información del titular y organizador, objeto, duración o vigencia, aforo máximo, horario u otras condiciones particulares. Esto se debe a que las condiciones técnicas y de seguridad necesarias no vienen sólo determinadas por el aforo o tipo de establecimiento, sino que dependen de las características y magnitud del evento que se pretende realizar en acto único y que, por tanto, desaparecen automáticamente con la celebración del mismo.
Asimismo, sería recomendable que desde los ayuntamientos se aconseje a la ciudadanía que se informen previamente si las fiestas y cotillones ocasionales a los que pretenden asistir, cuentan con dicha autorización municipal, así como que los organizadores ofrezcan toda la información y publicidad necesarias sobre la autorización previa y condiciones del evento para seguridad y beneficio de todas las personas.
La normativa también regula la necesidad de contar con un seguro de responsabilidad civil obligatorio y la presencia de un servicio de vigilancia y admisión para ciertos eventos de carácter ocasional y extraordinario.