La Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional pone en marcha el procedimiento de evaluación y acreditación de Competencias Básicas de personas adultas, una iniciativa destinada a reconocer oficialmente los conocimientos y habilidades adquiridos fuera del sistema educativo reglado para personas mayores de 18 años.
Este procedimiento está orientado a personas adultas que no finalizaron sus estudios y que han desarrollado competencias básicas de lengua castellana, matemáticas y digital a través de su experiencia laboral, formación no formal o aprendizajes informales.
El procedimiento es gratuito, inclusivo, accesible y flexible. Está abierto de forma permanente, lo que permite a las personas interesadas inscribirse en cualquier momento del año. Una vez iniciada la solicitud, el proceso de evaluación y resolución se completa en un plazo máximo de seis meses.
El objetivo fundamental de este procedimiento es facilitar a las personas adultas el reconocimiento formal de estas competencias, de forma que esta certificación permite continuar con su formación académica, tal como solicitar acceso a los ciclos formativos de grado medio de las enseñanzas de Formación Profesional.
El procedimiento se estructura en tres fases. La primera, de iniciación, comienza con la presentación de la solicitud de inscripción, que podrá realizarse de forma telemática mediante la Secretaría Virtual de los centros educativos. A continuación, en la fase de instrucción, se lleva a cabo la evaluación de dichas competencias en una sesión presencial, en función de los niveles establecidos en el Marco de Referencia correspondiente. Finalmente, la fase de finalización concluye con la emisión de una resolución oficial que certifica los dominios demostrados y sus niveles. Las personas participantes pueden recibir además orientación y propuestas de formación adaptadas a su perfil y necesidades.
El procedimiento de acreditación de competencias básicas está dirigido a personas mayores de 18 años que no estén en posesión de los requisitos académicos de acceso a las enseñanzas de Formación Profesional. También deben cumplir uno de los siguientes requisitos: tener nacionalidad española; estar en posesión del certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano o ciudadana de la Unión; o disponer de una autorización de residencia o de residencia y trabajo en vigor, conforme a la legislación española de extranjería e inmigración.