El reglamento del punto de encuentro familiar recibe la aprobación del pleno del ayuntamiento de Alcalá la Real


El reglamento de funcionamiento del Punto de Encuentro Familiar (PEF), ubicado en dependencias del centro social polivalente La Tejuela, fue aprobado en pleno municipal. Los tres grupos municipales, Partido Popular, Ciudadanos y Partido Socialista respaldaron este reglamento que recoge cuál será su funcionamiento y forma organizativa del servicio, que desde el verano pasado sirve de punto de encuentro entre padres e hijos que pasan por un proceso de separación o divorcio.

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Así, la edil de Igualdad, Dulce Medina, informó durante su intervención en este punto, que los objetivos generales del PEF son “favorecer el cumplimiento del derecho fundamental del menor a mantener la relación con ambos progenitores y/o familiares después de la separación, estableciendo los vínculos necesarios para su buen desarrollo psíquico, afectivo y emocional;  prevenir las situaciones de violencia en los regímenes de visitas conflictivos y orientar y apoyar a los padres, madres y familiares para que consigan la autonomía necesaria en el ejercicio de la coparentalidad, prestando para ello los servicios asistenciales adecuados”.

El espacio, inaugurado en junio de 2020 por la delegada de Justicia, Raquel Morales, acoge encuentros entre familiares que pasan por un proceso de separación o divorcio difícil, derivados del Partido Judicial. Las personas usuarias del PEF encuentran en estas dependencias un lugar neutral y acondicionado que garantiza en todo momento la seguridad de los menores que acuden a él y la de sus familiares, durante el cumplimiento del régimen de visitas establecido por órganos judiciales.

El horario de este servicio debe garantizar que, al menos, 18 horas semanales se destinen al desarrollo de las visitas, con la siguiente distribución: miércoles y viernes de 17:00 a 20:00 horas, y sábados y domingos de 10:00 a 13:00 horas y de 17:00 a 20:00 horas, adaptando el horario si fuese preciso según las necesidades. Asimismo, se establecerá un número de horas distintas del horario fijado para el cumplimiento del régimen de visitas, para llevar a cabo tareas administrativas, de asistencia al Juzgado y a juicio, así como cualquier otra necesidad que permita un óptimo desarrollo del Punto de Encuentro Familiar. El calendario y horarios se exponen en un lugar visible del centro y se facilita al órgano judicial competente.

El régimen de visitas se llevará a cabo dentro de las instalaciones con la supervisión en todo momento del personal técnico, con una duración que no sobrepasará de dos horas. En el caso de visitas no tutelada, esa supervisión no será necesaria.





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