El alcalde firma un bando para regular las molestias y peligros que puedan ocasionar los animales en la ciudad


El alcalde de la ciudad de Jaén, Javier Márquez, ha informado de la nueva Ordenanza Municipal sobre tenencia de animales en la que se expone la regulación de las interrelaciones entre las personas y los animales en el término municipal de Jaén, tanto los de compañía como los utilizados en fines deportivos y/o lucrativos.

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El documento tiene en cuenta tanto las molestias y peligros que puedan ocasionar los animales, como el valor de su compañía para un elevado número de personas, como es el caso de la ayuda que pueden presentar por su adiestramiento y dedicación como perros guía lazarillos, en trabajos de salvamento y todos los demás casos en los que los animales domésticos proporcionan satisfacción deportiva de recreo y/o compañía.

Los perros que circulen por la vía pública irán provistos de correa y cadena con collar con la identificación censal y llevarán bozal cuando la peligrosidad del animal o las circunstancias sanitarias así lo aconsejen. Sus propietarios irán provistos de material suficiente para la recogida y limpieza de las deyecciones sólidas y líquidas (recipiente y agua jabonosa).

No proceder a la limpieza de las deyecciones de los animales (sólidas y líquidas) en la vía pública, por su propietario será considerada infracción grave con multas de 90´16€ a 450´77€.

Los agentes de la autoridad municipal podrán requerir al propietario o persona que conduzca al animal para que proceda  a la recogida y/o eliminación de las eyecciones de los animales y a su depósito (en el caso de las sólidas) en un contenedor de basuras, procediendo a denunciar los hechos, caso de no ser atendido su requerimiento.

El expediente sancionador que se tramite al efecto podrá iniciarse de oficio por acuerdo del órgano competente o por denuncia de cualquier persona.

Las acciones y omisiones que infrinjan lo prevenido en la presente ordenanza generará responsabilidad de naturaleza administrativa, sin perjuicio de la exigible en vía penal, civil o de otro orden en que se pueda incurrir.

Los agentes de la autoridad extremarán la vigilancia del cumplimiento de la normativa vigente, denunciando a los infractores a  fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en este Bando y en la Ordenanza Municipal.

Como medida higiénica ineludible, las personas que conduzcan perros impedirán que estos depositen sus deyecciones (sólidas y líquidas) en vías públicas, jardines o paseos. En todo caso, la persona que conduzca al animal vendrá obligada a la recogida y/o eliminación de las mismas depositadas en la vía pública.

 





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